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por Matronas Ubeda Última modificación 24/09/2012 08:46
Derechos y deberes de las ciudadanas

Decreto 101/1995, de 18 abril. Determina los derechos de los padres y de los niños en el ámbito sanitario

BO. Junta de Andalucía 17 mayo 1995, núm. 72/1995 [pág. 4553] SANIDAD. Derecho a la confidencialidad, la intimidad, la no separación del bebe, derecho al parto natural, al acompañamiento, a la epidural y analgesia alternativas...

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LEY 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica

BOE 15 noviembre 2002 núm. 274. Regula el derecho de información sanitaria, Derecho a la intimidad, El respeto de la autonomía del paciente, Consentimiento informado, Voluntades Vitales Anticipadas, La historia clínica, Informe de alta y otra documentación clínica...

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DECRETO 246/2005, de 8 de noviembre, regula el ejercicio del derecho de las personas menores de edad a recibir atención sanitaria en condiciones adaptadas a las necesidades propias de su edad y desarrollo.

B.O. Junta de Andalucia de 16 de diciembre 2005, num 214. Articulo 9: Personas recién nacidas y vínculo madre-hija/o. Derecho a información , intimidad, acompañamiento....

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LEY ORGANICA 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

En este apartado se analiza qué dice la ley de protección de datos con relación a los datos sanitarios. Se expone un interesante analisis extraido de una web jurídica. Si quieres también tienes acceso al texto completo:

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Decreto 127/2003 de 13 de Mayo que regula el ejercicio del derecho a la segunda opinión médica en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.

El derecho a recibir una segunda opinión médica es en caso de diagnóstico o tratamiento de enfermedad grave, incurable o que comprometa la calidad de vida del paciente, así como cuando el proceso terapéutico implique un elevado riesgo vital. El decreto establece que el informe con la segunda opinión médica se remita al interesado en un plazo máximo de 30 días, salvo en aquellas situaciones en las que los especialistas consideren necesario realizar pruebas adicionales o exploraciones complementarias. TEXTO COMPLETO AQUI:

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Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos

Para nuestro interés regula el tema de la donación de sangre de cordón Umbilical. Los bancos privadosy públicos entre otras cosas tienen que ser autorizados, tener fines altruistas, deben posibilitar la cesión de muestras y han de tener un convenio con el hospital donde se realiza la extracción.

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